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REGLAMENTO

NORMATIVA DE LA ACADEMIA DE KARATE SEMPER FIDELIS

DOJO - “SEMPER FIDELIS”, es un centro enfocado a la enseñanza de las artes marciales y propagación de la cultura oriental en general. Intentamos implantar el arte y la filosofía japonesa & oriental con el fin de ampliar horizontes de los alumnos, proporcionándoles un nuevo enfoque existencial, cuyo fin es enriquecer sus vidas y a la vez mejorando su calidad.

 

ARTÍCULO 1 - INSCRIPCIONES

El alumno y/o tutor legal firmará la hoja de Inscripción y el contrato establecido con el Dojo, en los cuales queda reflejada su conformidad con las condiciones de acceso establecidas, la aceptación de la Normativa y la aceptación del Reglamento del Dojo.

 

En el momento de la Inscripción se facilitará en Recepción del Dojo: 

  • fotocopia del DNI del alumno.

  • fotocopia del DNI del padre/madre o tutor legal (si el alumno es menor de edad).

  • datos bancarios para la domiciliación de la cuota mensual.

  • el nuevo alumno y/o tutor, firmará la “Hoja de Inscripción” con la ACEPTACIÓN de la Normativa y el Reglamento del Dojo.

Al formalizar la Inscripción, se establece el pago la primera cuota mensual y el pago de la Licencia Federativa. 

 

El DOJO se reserva el derecho de Admisión a aquellas personas que no vengan con la indumentaria necesaria para la actividad y/o cuando la capacidad sea completa. 

 

El incumplimiento de la Normativa/Reglamento se comunicará al alumno o al tutor en caso de menores; el incumplimiento podrá generar la expulsión del alumno/a.

 

ARTÍCULO 2 - MATRÍCULA

La matrícula se paga en el momento de la Inscripción. El coste de la Matrícula es de 100€ (a excepción de los nuevos alumnos que se aplicará el descuento de bienvenida del 100%).

Condiciones excepcionales en la Matrícula:

Matrícula Gratuita para todos los nuevos alumnos que se inscriban por primera vez. Cuando el alumno formalice la baja, todas las ofertas dejarán de tener vigencia (matrícula, cuota, clases gratuitas extra, etc., y en caso, de una nueva inscripción, se aplicará el pago de la Matrícula correspondiente, así como la cuota mensual establecida. 

-Si se inscriben el mismo día, 2 antiguos alumnos que son familiares de primer grado, se les aplicará un 50% en el pago de la MATRÍCULA.

 

ARTÍCULO 3 - PAGO / CUOTA DE LA MENSUALIDAD

La cuota de la mensualidad, se comunicará al nuevo alumno, en el momento de la inscripción. La cuota se actualizará anualmente, cada mes de enero, en estas circunstancias el aumento de la mensualidad se verá reflejado en el recibo del mes de febrero.

El pago se efectuará bajo domiciliación bancaria, en ningún caso se efectuará el pago en efectivo (a excepción el primer abono que se efectuará en efectivo, en el momento de la inscripción).

En circunstancias de impago, el Dojo aplicará la baja disciplinaria. Excepcionalmente, se podrá conservar la Continualidad, si el alumno abona los impagos pendientes (incluidas los gastos bancarios adicionales que estas causaron). En este caso, el alumno no pagará la matrícula y seguirá pagando la cuota mensual anterior, porque no se tratará como baja ni como nueva inscripción, sino como una regularización del pago.

ARTÍCULO 4 - DEVOLUCIONES DE LA MENSUALIDAD

Los recibos impagados tendrán un recargo de 5€ sobre la cuota, a todos los efectos por devolución bancaria.

El alumno tiene que estar al corriente de pago de la cuota de la mensualidad, si no se liquida la deuda, se procederá a efectuar notificación por impago, y en consecuencia BAJA DISCIPLINARIA.

  

ARTÍCULO 5 - BAJAS

Una BAJA se considera siempre definitiva, por tanto una reincorporación / reinscripción supondrá volver a pagar la cuota y matrícula establecida, siendo que todas las ofertas anteriores dejarán de tener vigencia. 

Diferenciamos dos tipos de bajas:

- BAJA VOLUNTARIA a petición del alumno o del padre/madre y/o tutor.

- BAJA DISCIPLINARIA por incumplimiento de la Normativa y/o del Reglamento del Dojo. 

BAJA VOLUNTARIA.

Para poder efectuar la baja voluntaria en el Dojo, el alumno tiene que estar al corriente de los pagos de las mensualidades. 

El alumno tiene que comunicar la baja voluntaria en Recepción del Dojo, antes del día 20 del mes previo a la baja (si no se comunican en el periodo establecido, el alumno y/o tutor asume el pago de la cuota del mes siguiente de la mensualidad).

Para que la baja voluntaria sea efectiva, el alumno, padres y/o tutores tendrán que firmar el Formulario de baja que le será facilitado en Recepción del Dojo.

Una vez cursada la BAJA, todas las ofertas dejarán de tener vigencia (matrícula, cuota, clases gratuitas extra) y las próximas inscripciones, se acogerán a la cuota mensual que corresponda, así como el pago de la matrícula.

Si se establece una deuda con el Dojo, y no se procede a su liquidación, se podrá proceder a efectuar una notificación por impago y/o comunicación a ASNEF por deuda. 

 

BAJA DISCIPLINARIA. 

TODO incumplimiento de la Normativa o del Reglamento del Dojo podrá ser causa de baja disciplinaria. 

Se procederá a efectuar baja disciplinaria en distintas situaciones; en el caso de que el alumno/padres/tutores interrumpan el pago de una de las cuotas mensuales sin justificación y/o efectúen más de una DEVOLUCIÓN voluntaria de una cuota de la mensualidad. Los daños producidos en la instalación o en los materiales de ésta por un uso indebido, serán cubiertos por la persona que los ha ocasionado o en caso de un menor por sus padres o tutores, siendo motivo de expulsión y en consecuencia baja disciplinaria. El respeto en la práctica de nuestra arte marcial es fundamental, dentro y fuera del Dojo. Las faltas de respeto a los demás alumnos o a los instructores o personal del Dojo, serán causa de amonestación con repercusión de baja disciplinaria. 

Recuerda: tu disciplina marcial debe acompañarte dentro y fuera del Dojo, así como reflejarse en cada aspecto de tu vida. 

ARTÍCULO 6 - CUOTAS DE MANTENIMIENTO

Sólo se aplican en situación de baja médica larga. Si el alumno por razones de fuerza mayor, se encuentra en situación ILT, tendrá que comunicarlo en Recepción del Dojo para solicitar por escrito que quiere acogerse a la cuota de mantenimiento. En ningún caso, se aplicará con efecto retroactivo o en su posterioridad, siempre se ha de informar al inicio de la baja médica y tiene que estar justificada únicamente por motivos médicos.

Las vacaciones, viajes o falta de asistencia del alumno/a, no tendrán acceso a la cuota de mantenimiento. 

ARTÍCULO 7 - VACACIONES

El Dojo permanecerá cerrado por vacaciones:

- Verano: desde el 21 de julio hasta el 31 de agosto.

- Navidades/Reyes: desde el 21 de diciembre hasta el 9 de enero.

- Semana Santa: jueves Santo, viernes Santo y lunes de Pascua.

- Festivos Nacionales y Locales (según calendario anual establecido).

Los periodos vacacionales son aproximados y sujetos a cambios. En todos estos periodos queda establecido el pago de las 12 cuotas de la mensualidad en su totalidad, incluido agosto. Son 12 mensualidades anuales con el abono de manera ininterrumpida. 

Los viajes, vacaciones o falta de asistencia a las clases del alumno, de manera prolongada, no son justificación para interrumpir el pago de las mensualidad/des. Si el alumno no abona la mensualidad, la dirección del Dojo lo entenderá como baja disciplinaria con repercusión de la aplicación del reglamento establecido en las bajas.

El Dojo se reserva el derecho de cerrar o inutilizar temporalmente las actividades/servicios/instalaciones, por obras, modificaciones, actos puntuales o causas de fuerza mayor, así como la anulación de las clases, si coinciden con Campeonatos Regionales, Nacionales, Europeos y/o Internacionales, Campeonato del Mundo en Japón, talleres, ciclos formativos, exámenes de Grado, Asambleas, ILT, etc.

ARTÍCULO 8 - MATERIAL  - PROTECCIONES / KARATEGI

En el Dojo los alumnos van protegidos con guantillas, espinilleras y casco. También recomendamos el uso de protector corporal, coquillas (varones) y protector de pecho (mujeres). 

En la vestimenta, los alumnos utilizan el Karategi, una prenda que se utiliza para la práctica de las artes marciales, por ello todas los alumnos inscritos en Karate tendrán que entrenar, debidamente uniformados con el karategi.

El material que se utilice para la práctica de nuestra disciplina, deberá estar homologado, garantizando la calidad y la seguridad necesaria para la práctica deportiva; es por ello que las protecciones que se utilicen para la actividad, tienen que estar homologadas. No se aceptará material externo sin autorización del Dojo. No se aceptará material con logos o emblemas de otros centros, gimnasios o estilos.

Todas las protecciones, se podrán comprar en el Dojo, pero el alumno también podrá comprarlas en otras tiendas , siempre y cuando se trate de material homologado.

Recomendamos que el material, esté marcado con nombre y apellidos por cuestiones de higiene y para que no haya confusiones con el material de otro alumno.

La Dirección del Dojo, no se hace responsable de cualquier tipo de lesión, debido al descuido de no tener las protecciones recomendadas/homologadas. 

La dirección del Dojo no se hace responsable del material personal del alumno.

ARTÍCULO 9 - HIGIENE / USO INSTALACIONES

Es fundamental, el respeto en la práctica de nuestro arte marcial.

Durante las clases te pedimos que acudas con las uñas de los pies y manos, cortadas y limpias, así como un aseo personal adecuado. Está prohibido mascar chicle y/o comer en las instalaciones de la Academia. Está prohibido escupir o miccionar en las duchas. 

Es obligatorio, el uso de toalla en todas las instalaciones del Dojo, incluida la zona de máquinas. No se permitirá el uso de la zona de máquinas sin una toalla grande específica para colocar sobre las máquinas y colchonetas. Recomendamos el uso de una toalla más pequeña para secar el sudor. 

La hidratación es importante, por ello se permite y se recomienda, llevar al entreno una botella de agua (botella de plástico, no de cristal). 

Rogamos que se utilicen las instalaciones adecuadamente; en caso de detectar algún desperfecto o anomalía, es importante que lo comunique en Recepción del Dojo. 

ARTÍCULO 10 - FEDERACIÓN - LICENCIA FEDERATIVA - FCK

Cuando hacemos mención a que un alumno se Federe en Karate, nos referimos a la decisión de formar parte de una Federación legalmente registrada. Al realizar este trámite, se otorga una Licencia Federativa al alumno. Se trata de un documento que certifica que el alumno, se convierte en miembro de pleno derecho a la Federación y a la disciplina que practica en el Dojo.

 

La licencia federativa expresa el reconocimiento oficial de la federación al alumno, tanto a nivel profesional como de aficionado. Pero por el contrario, si un alumno practica nuestro arte marcial o deporte de lucha y no está federado, ello significaría que su trayectoria, sus esfuerzos y sus conquistas, no estarán avalados por ninguna entidad oficial. 

Ventajas de Federarse: 

  • La licencia federativa SÍ incluye seguro médico, cubriendo accidentes en la práctica del Karate en el Dojo y en Competiciones organizadas por la F.C.K (Federación Catalana de Karate y D.A.)

  • Titulaciones Oficiales Homologadas por el Consejo Superior de Deportes y la Federación Española de Karate. 

  • Participación en Competiciones e interclubs, tanto amistosas como oficiales. 

  • Cursos formativos y Actividades; sólo las Federaciones deportivas representan la especialidad deportiva. 

  • Otorgamiento de Grados, a través de los correspondientes exámenes por profesores titulados. 

  • Otorgamiento de Cinturones Negros y Danes por la Federación Catalana de Karate, avalada por los Organismos Oficiales (Comunidad Catalana, Consejo Superior de Deportes y las Federaciones Española, Europea y Mundial), además de participar los órganos de Gobierno y representación de la F.C.K.

  • Sólo los Federados pueden obtener cinturón negro reconocido por estas Instituciones. 

El Dojo está afiliado a la FEDERACIÓN CATALANA DE KARATE y D.A. (F.C.K.).

La F.C.K. ejerce bajo la tutela de la Direcció General de l’Esport, i el Consell Superior de l’Esport; permitiendo la obtención de Titulaciones Oficiales y Homologadas por el Consell d’Esports de la Generalitat de Catalunya, así como por el Consejo Superior de Deportes.

El pago la licencia Federativa, se abonará por domiciliación bancaria en el mes de NOVIEMBRE para que la Licencia Federativa entre en vigor, en el mes de enero. 

Si dos o más personas de la misma familia lo solicitan, el Dojo podrá domiciliar el pago en dos meses consecutivos (noviembre y diciembre) para facilitar el abono de las Licencias.

La afiliación a la Federación por parte del alumno es optativa, teniendo presente que en caso de no afiliación el alumno pierde el derecho a todo lo mencionado anteriormente.

 

Si el alumno no está interesado en Federarse tendrá que comunicarlo en el mes de octubre del año en curso por escrito.

ARTÍCULO 11 - EXAMENES DE GRADO

Los exámenes que realiza el Dojo son Oficiales para los alumnos que están Federados, el director técnico posee la titulación de entrenador internacional y árbitro nacional.

 

Los exámenes de karate se realizan en función de la edad, clases realizadas y nivel de cada alumno. Las titulaciones (cinturones) están bajo el marco de la organización, basándose en el actual paso de Grados.

 

El acceso a los exámenes de Grado será con autorización del instructor del Dojo. 

Una vez el Dojo haya informado a los alumnos aptos para el examen, es el propio alumno o tutor el que tiene la última decisión de presentarse al examen (no es de carácter obligatorio).

 

El plazo de inscripción finaliza con 10 días de antelación a la fecha del examen. No se permitirá bajo ningún concepto apuntarse el mismo día del examen. 

 

Si el alumno no se presenta al examen, no se abonará la cuota pagada.

Los alumnos que suspendan el examen, y tengan autorización del instructor para presentarse en la próxima convocatoria, tendrán que abonar la nueva cuota del próximo examen.


 

ARTÍCULO 12 - SEGURO / ACCIDENTES Y LESIONES

El uso del seguro deportivo, se aplica en caso de accidente durante la actividad, exclusivamente en nuestro Dojo o en su defecto, en un campeonato organizado por F.C.K. (Federación Catalana de Karate y D.A.).

MUY IMPORTANTE: si el alumno se lesiona debe comunicárselo de inmediato a su instructor, NO se podrán tramitar partes al seguro, pasadas las 24 horas del incidente/lesión. 

La póliza ampara las lesiones derivadas de un traumatismo directo (golpe o caída). Las sobrecargas musculares, lumbalgias, tirones, esguinces que no se han originado por una causa traumática, no están cubiertas.

La dirección del Dojo, no se hará cargo de ninguna atención que se realice por parte del alumno / tutor, sin previo aviso al Dojo.

La dirección del Dojo, no se responsabiliza de las lesiones surgidas por el uso de las protecciones diferentes a las distribuidas por el Dojo, como también por la falta de protecciones homologadas o por el uso incorrecto de las mismas. 

ARTÍCULO 13 - MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO 

"Academia de Karate – Semper Fidelis", se reserva el derecho de modificar este REGLAMENTO sin previo aviso.

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